Firma Digital: Un Paso Seguro en los Negocios por Internet

La incorporación de la firma digital en Chile promete grandes cambios en el quehacer nacional, dadas las ventajas que trae ésta para la realización de negocios a través de Internet. Con la aprobación de la ley respectiva, se están abriendo atractivas posibilidades a las empresas que realizan o quieren realizar negociaciones en forma electrónica con un grado de seguridad mayor al que hoy existe.

Publicado el 31 Mar 2002

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La incorporación de la firma digital en Chile promete grandes cambios en el quehacer nacional, dadas las ventajas que trae ésta para la realización de negocios a través de Internet. Con la aprobación de la ley respectiva, se están abriendo atractivas posibilidades a las empresas que realizan o quieren realizar negociaciones en forma electrónica con un grado de seguridad mayor al que hoy existe.

El fin de la era del papel

Cuando esto suceda, la confianza en el comercio electrónico e Internet será aún mayor a la existente hoy, ya que se podrán reemplazar con toda seguridad acciones que requieren presencia física por presencia virtual. Tal es el caso de firmar contratos comerciales, seguros, pólizas, etc., inclusive realizar actos electorales utilizando un browser.

Esta tecnología, aparte de facilitar el desarrollo del comercio electrónico e Internet, también posibilitará la eliminación de la cultura del papel al interior de las empresas e instituciones, con el consecuente ahorro que ello significa por concepto de estanterías, bodegas, carpetas y fotocopias. Así, la firma electrónica permitirá realizar una transformación importante en los procesos de negocios y en los operativos, traduciéndose en ahorros significativos de tiempo.

Ingeniero Civil Electricista de la Universidad de Chile. El profesional, actualmente Presidente Ejecutivo de ADEXUS, cuenta con estudios de especialización en diseño e instalación de microondas, transmisión de datos, diseño de redes conmutadoras de paquetes X.25, entre otros.
cbusso@adexus.cl

Pero, la desconfianza aún puede estar presente entre las personas que transan sus intereses comerciales a través de un medio que hasta hoy es tan cuestionado en materia de seguridad, como es Internet. Para solucionar este problema surgen las autoridades de certificación. Estas son aquellas entidades que merecen la confianza de otros actores en un escenario de seguridad donde no existe confianza directa entre las partes involucradas en una determinada transacción.


Seguridad ante todo

La nueva ley establece la acreditación obligatoria de aquellos presta-dores de servicios de certificación que quieran vender certificados de firma electrónica, a partir de los cuales se pueda validar una firma digital como equivalente de una manuscrita. A este tipo de firma electrónica el proyecto lo llama firma electrónica avanzada, para distinguirlo de la simple escritura del nombre del firmante, a lo que llama firma electrónica.

Teniendo los documentos con una firma electrónica avanzada ellos cobrarán el valor de escritura pública.

En este contexto, una autoridad de certificación es esa tercera parte fiable que acredita la ligazón entre una determinada clave digital y su propietario real. Actuaría como una especie de notario electrónico que extiende un certificado de claves, el cual está firmado con su propia firma, para así garantizar la autenticidad de dicha información. Los certificados permiten verificar que una clave pública pertenece a una determinada persona, evitando que alguien utilice una clave falsa para suplantar digital-mente la personalidad de otro.

En su forma más simple, el certificado digital contiene una clave pública y un nombre, la fecha de vencimiento de la clave, el nombre

de la autoridad certificante, el número de serie del certificado y la firma digital de a quién se otorga. Así, los certificados se inscriben en un registro al que el público puede acceder directamente en línea para conocer acerca de la validez de los mismos.

 

Un certificado que garantiza identidad

El interesado en operar dentro de este nuevo esquema establecido por la ley, luego de crear el par de claves deberá presentarse ante la autoridad certificante (o funcionario que ella determine) a efectos de registrar su clave pública, acreditando su identidad y/o cualquier otra circunstancia que le sea requerida para obtener el certificado que le permita «firmar» el documento de que se trate. Por ejemplo, para realizar una operación financiera de importancia con un banco, éste puede requerir al interesado un certificado del que surja, además de la constatación de su identidad, el análisis de sus antecedentes criminales o financieros. Esto quiere decir que la firma digital del interesado sólo será aceptada por la otra parte si cuenta con el certificado apropiado para la operación a realizar.

Sin dejar de ser menos importante, dentro de este nuevo proceso de seguridad habrá que garantizar la confidencialidad del mensaje, ya que un tercero -ajeno a la transacción- podría «pinchar» las comunicaciones y obtener todo lo que nuestro correo reciba o envíe. Este problema se resuelve con la utilización de protocolos seguros de comunicación que reciben el nombre de ensobrado digital, solución criptográfica que utiliza el sistema simétrico y el asimétrico a la vez, aprovechando la rapidez de uno y la seguridad del otro.

 

Opinión con experiencia

ADEXUS hoy puede dar fe con hechos de que fue una de las empresas precursoras en este tema. El año 2000 participamos activamente en la creación de una de las primeras entidades certificadoras del país dependiente de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile, ONCE.

Esta experiencia nos llevó a creer fuertemente que la firma digital sería uno de los pilares en crecimiento del e-Business, por lo cual desarrollamos un departamento a cargo de personal capacitado, que ha tenido la misión de investigar y desarrollar soluciones acordes a los estándares internacionales.

Luego de varios proyectos pilotos con distintas entidades de Gobierno como la Contraloría General de la República, este año se implementó el primer sistema de

firma digital, el cual se desarrolló de manera conjunta por el Servicio Médico Legal de Temuco y las Fiscalías de Carahue y Lautaro en la IX Región. Gracias al éxito obtenido por el sistema, se espera interconectar en el corto plazo las restantes 12 Fiscalías de la región de la Araucanía. Este proyecto disminuye los tiempos de respuesta en al menos tres o cuatro días, posibilitando la agilización de los trámites desarrollados entre el Servicio Médico Legal y las Fiscalías Locales del Ministerio Público.

Finalmente, se puede decir que la masificación de la firma digital en nuestro país será sólo una cuestión de tiempo y que pronto se incorporarán al sistema documentos que hasta el momento son imposibles de transar electrónicamente debido a que carecen de validez, como son firmas de contratos, relación con proveedores, facturas electrónicas y transferencias de fondos seguros, entre otros.

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Redacción

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