Opinión

Nuevo Proyecto de Ley en Chile sobre la IA : Análisis y Perspectivas



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Por Antonia Nudman, Asociada del Grupo IP, Tech and Data de Albagli Zaliasnik (az).

Publicado el 10 may 2024



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Antonia Nudman, Asociada del Grupo IP, Tech and Data de Albagli Zaliasnik (az).

El gobierno recientemente anunció la presentación de un nuevo Proyecto de Ley para regular el uso de la Inteligencia Artificial (IA) en Chile. La iniciativa estaría enfocada en regular los riesgos vinculados al desarrollo e implementación de sistemas de IA, pero sopesando prudentemente los fines de crecimiento económico, la inversión extranjera y la protección de los derechos fundamentales de los usuarios ante el uso de estas tecnologías.

En abril del 2023, fue presentado el Proyecto de Ley boletín N°15869-19, iniciativa que, sin perjuicio de ser un avance en la materia, no estuvo exenta de críticas. Lo anterior, principalmente a partir de los múltiples requisitos antepuestos al desarrollo de este tipo de tecnologías. Por ejemplo, los proyectos quedaban supeditados a la autorización previa de la Comisión Nacional de IA, organismo integrado por miembros sin acreditación técnica en la materia. Además, se imponían múltiples requisitos burocráticos lo que, sumado a la falta de regulación en aristas de propiedad intelectual, generó gran incertidumbre en la industria.

En este contexto, el gobierno anuncia la presentación de este nuevo proyecto con un enfoque totalmente distinto, que parece adaptarse de mejor forma a las necesidades y realidad de la industria tecnológica en Chile. Para ello, categoriza a los actores de la industria acorde a su rol y, en base a ello, les otorga responsabilidades, dependiendo de su participación como proveedores, importadores, distribuidores u operadores. Así, el riesgo será calificado por el mismo actor y, en caso de incumplimiento, se aplicarían sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de que la tecnología se clasifique por riesgo, incluyendo aquellos que son inaceptables como, por ejemplo, en el caso de uso de datos biométricos en determinados contextos salvo excepciones.

También vale la pena destacar que persigue la coherencia y coordinación institucional, al atribuir las facultades fiscalizadoras a la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales, en vez de crear un organismo independiente como lo propone el proyecto inicial. Lo anterior sin duda es un acierto, en cuanto el riesgo de los sistemas se relaciona directamente con el tipo de datos personales que procesa, por lo que sería totalmente conducente con la competencia de la Agencia.

Es cierto que muchos de los puntos son tomados de la base regulatoria de la EU, pero las grandes expectativas se generan en base a que el proyecto tomaría la experiencia comparada para buscar una regulación que sea armónica con la realidad de nuestro país, considerando la participación de los distintos actores de la industria, como el sector privado y la academia, además de buscar una base regulatoria atractiva para fomentar la inversión extranjera.

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