Redes sociales, datos personales y modificaciones legales

Actualmente las llamadas ?redes sociales? han ido adquiriendo un gran número de seguidores y fanáticos. Fenómenos como Facebook, MySpace y Hi5, se han convertido en puntos de encuentro de millones de personas. Cada red está orientada a distintas audiencias, ofreciendo múltiples aplicaciones para sus usuarios con diferentes objetivos, pero todas ellas tienen uno en común, desconocido por la mayoría de los visitantes: incrementar sus bases de datos día a día. Luego, el valor de una red social esta directamente relacionado con el tamaño de su base de datos.

Publicado el 30 Sep 2008

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Actualmente las llamadas ‘redes sociales’ han ido adquiriendo un gran número de seguidores y fanáticos. Fenómenos como Facebook, MySpace y Hi5, se han convertido en puntos de encuentro de millones de personas. Cada red está orientada a distintas audiencias, ofreciendo múltiples aplicaciones para sus usuarios con diferentes objetivos, pero todas ellas tienen uno en común, desconocido por la mayoría de los visitantes: incrementar sus bases de datos día a día. Luego, el valor de una red social esta directamente relacionado con el tamaño de su base de datos.

Debido a la desconfianza natural en que vivimos, los métodos de obtención de datos personales han adoptado formas bastante más creativas que en el pasado, cuando bastaba promocionar una actividad turística a cambio de datos personales y de información sobre hábitos de consumo. Los nuevos sistemas de recogida utilizan hoy múltiples estrategias, siendo una de ellas las redes sociales.

En la Sociedad de la Información el conocimiento y el saber se encuentran a disposición de todos, pero no así la información personal de los individuos, con la cual es posible preparar ofertas económicas o mensajes políticos a la medida de ellos. Los datos de las personas considerados individualmente no aportan mayor valor, pero en su conjunto, generan valiosa información sobre hábitos y conductas de los potenciales clientes, consumidores o partidarios.

Las personas se entretienen sin percatarse que al mismo tiempo otorgan sus datos personales a los administradores de los sitios web. ¿Cuántas personas leen los términos y condiciones de estas redes, antes de suscribirse? Las estadísticas señalan que menos del 10%. Y claro, quién tendría tiempo o paciencia para leer las 25 páginas de términos y condiciones que se encuentran en cada sitio.

La política de privacidad de un conocido sitio web de redes señala textualmente: “Compartimos tu información con terceros sólo en circunstancias limitadas cuando creamos que el compartirla: 1) es razonablemente necesario para ofrecer el servicio, 2) es requerido legalmente, o 3) es permitido por ti”. ¿Qué debemos entender por razonablemente necesario para ofrecer el servicio? Uno pierde el control de sus datos en el momento mismo en que los entrega, y luego el destino de éstos queda sujeto a lo que razonablemente disponga el sitio web. ¿Es esa la razón por la cual recibimos correos electrónicos no autorizados, desconociendo cómo dieron con nuestros correos?

Regulación v/s sobreprotección

Es esencial cuidar los datos personales y leer los términos y condiciones antes de saltar en estas redes, a fin de determinar qué clase de datos quiero compartir y cuáles no. Aun más, es importante utilizar las herramientas de control de privacidad que proveen estos servicios, a fin de cautelar quiénes tienen acceso a mi información.

¿Qué medidas de seguridad aplican los sitios para proteger nuestros datos personales de filtraciones? ¿Existen controles sobre dichas medidas? La primera defensa para la protección de los datos personales es la cautela de la persona titular de los mismos. Por otra parte, es fundamental contar con una legislación adecuada, no me refiero a una sobre protectora que termine entorpeciendo el normal tráfico y circulación de la información en la sociedad ni a la creación de celosos organismos administrativos que, aunque bien intencionados, terminan alterando y restando flexibilidad al flujo de información necesaria para el normal desenvolvimiento económico. A nuestra ley le falta regulación precisa sobre normas aplicables a la cesión de datos y medidas de seguridad que los administradores de bases de datos deben aplicar, dependiendo de la sensibilidad de éstos.

No se trata de marginarse de estas redes, sino de tomar las precauciones evitando aquellos servicios que no protegen la información de los usuarios. Por su parte, desde el punto de vista legislativo se requieren cambios que regulen apropiadamente las cesiones de derechos y las medidas de seguridad aplicables para proteger los datos, debiendo desecharse la idea de contar con otro organismo estatal más.

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Redacción

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